Prevenir y disminuir accidentes viales derivados de la violación al Reglamento de Tránsito Estatal vigente, y a su vez proporcionar al ciudadano la orden de cobro electrónica para poder efectuar su pago derivado de una infracción y finalmente devolverle su garantía.
| Requisitos | Original | Copia |
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| IFE será requerido únicamente en caso de que se extravíe la boleta de infracción, esto para poder realizar la reposición de la misma. Consultar documento anexo. | SI | |
| Boleta de infracción | SI |
En la Ciudad de Puebla: Se acude al Área de Infracciones ubicada en la Dirección de Vialidad Estatal con la boleta de infracción.
El Área de Infracciones en base a tabulador califica el monto de la infracción y hace entrega de la orden de cobro.
Se realiza el pago en cualquiera de los lugares autorizados.
Se entrega el comprobante de pago en el Área de Infracciones y se recibe a cambio la garantía (Licencia de manejo, tarjeta de circulación, placa de vehículo)
El Área de Infracciones archiva el comprobante de pago de la infracción e infracción.
En el Interior del Estado consultar documento anexo.
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En todo momento, el personal que lo atenderá debe tratarlo con respeto, cortesía y equidad, aclarando sus dudas relacionadas con el servicio.
El personal que lo atenderá le brindará información clara, portará su identificación a la vista y no le solicitarán requisitos o dinero adicional a lo establecido en éste documento, ni obsequios, favores o dádivas por brindarle el trámite o servicio.
A través del presente documento usted cuenta con toda la información para realizar el trámite o acceder al servicio y los estándares establecidos deben cumplirse por parte de la autoridad correspondiente a fin de asegurar un servicio de calidad y en constante mejora. En caso de detectar actos de opacidad y corrupción, puede reportarlos a las siguientes oficinas:
Asistencia telefónica tramit@pue: 01-800-2015-081 de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.
La información contenida en esta ficha es de carácter oficial y responsabilidad de la institución gubernamental que la emite, teniendo plena vigencia al momento de su publicación en cada uno de los rubros que la componen, los cuales deberán ser observados por la autoridad competente.
Artículo 35, fracción LXXI de la Ley Orgánica del Estado de Puebla.